La adopción de la decisión de despedir a una trabajadora a causa del embarazo o nacimiento de un hijo
Comentario a la STJCE, Sala Tercera, de 11 de octubre de 2007, asunto C-460/06, Nadie Paquay contra Société d'architectes Hoet + Minne SPRL
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5567Palabras clave:
trabajadora embarazada o que ha tenido un hijo, período de protección, despido (actos preparatorios, actualización y comunicación, nulidad), reparaciones, indemnizacionesResumen
La completa y radical protección de la madre y del hijo proscribe cualquier relativismo ético o moral, constituyendo una prioridad absoluta de las sociedades occidentales que demandan su propia identidad cultural y subsistencia futura. Penosos acontecimientos recientes 1 ponen de manifiesto la tolerancia (social y pública) de comportamientos criminales (en cuya base está la inconveniente, obtusa, primitiva y científicamente errónea definición/delimitación legal de persona/ser humano 2) que, rememorando tiempos de odiosa memoria 3, cuestionan la entidad e identidad cultural (pensamiento racional) y ética o moral (valores morales) occidental. La protección contra el despido de la trabajadora embarazada o que haya dado a luz y del niño (su hijo) se inscriben en esa urgencia, y por ello deben tener la intensidad y la extensión que requieren para la subsistencia misma de las sociedades occidentales.