La reformulación de la pensión de viudedad en la Ley 40/2007: algunas reflexiones críticas

Autores/as

  • Daniel Toscani Giménez Profesor Titular de la Universidad de Valencia (España)

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5593

Palabras clave:

Ley 40/2007, pensión de viudedad, parejas de hecho

Resumen

Pese a las mejoras que ha introducido la Ley 40/2007 de medidas en materia de Seguridad Social, en los aspectos asistenciales de protección para el supuesto de viudedad, se introducen, de forma inmediata, algunos recortes en la protección del nivel contributivo, así como, más preocupante todavía si cabe, el anuncio de todo el sistema de pensión de viudedad para los nacidos tras el 1 de enero de 1967 que anuncia el Acuerdo y que lógicamente no se recoge en la ley de medidas es algo incierto, ya que no se dan pautas ni precisiones sobre el nuevo modelo y en qué sistema de los diversos existentes en Europa se va a inspirar. La idea de que la pensión de viudedad va a exigir en el futuro la prueba de la dependencia económica del causante abandonando su planteamiento asegurativo en su cuantía básica sí que está presente, sin embargo, en el Acuerdo. Podría discutirse la asistencialización de la pensión, de mantenerse por otra parte una financiación contributiva. Puede traducirse en una disminución de la protección pública y en una potenciación indirecta de los seguros privados de vida. En cualquier caso, deja toda una serie de interrogantes e incertidumbres para el posible colectivo de beneficiarios en un futuro, que quedan sin contestar.

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Publicado

07-05-2008

Cómo citar

Toscani Giménez, D. (2008). La reformulación de la pensión de viudedad en la Ley 40/2007: algunas reflexiones críticas. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (302), 65–84. https://doi.org/10.51302/rtss.2008.5593

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