Revocación de un representante de los trabajadores e inaplicabilidad de requisitos reglamentarios
Comentario a la STS, Sala de lo Social, de 15 de junio de 2006, rec. núm. 5500/2004
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2006.5801Resumen
Comité de empresa. Revocación de uno de sus integrantes. Asamblea convocada sin los 10 días de antelación a que se refiere el Real Decreto 1844/1994. Este requisito se ha puesto fundamentalmente de cara a garantizar un nuevo proceso electoral con garantías y no a una revocación con garantías, y se contiene en un texto reglamentario, no en la Ley del Estatuto de los Trabajadores (LET), donde existe una regulación legal completa y exigente, por lo que no es un presupuesto de validez de una revocación.