Cláusulas sociales en los contratos del sector público: ¿Una opción legal de corrección de la reforma laboral?
Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 30 de diciembre de 2014, rec. núm. 643/2013
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2015.2658Abstract
Se parte en esta materia de que ni el Estatuto de Autonomía para el País Vasco aprobado por la Ley Orgánica 3/1979 ni la Ley 27/1983 de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, normas que junto con la propia Constitución determinan el haz competencial foral, confieren atribución normativa alguna a los territorios históricos en materia de trabajo, seguridad social y contratación. En esta última materia la competencia reconocida se limita a la aplicación de la propia Ley de Contratos (Real Decreto Legislativo 3/2011, en la actualidad), y no otra cosa que la mera aplicación –no desarrollo ni ejecución reglamentaria– son también actuaciones tales como la elaboración de los pliegos de condiciones y las bases de las convocatorias.