La jubilación total anticipada: atención especial a las novedades incorporadas por Ley 35/2002 y Real Decreto 1132/2002
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2003.8645Abstract
La jubilación total anticipada es una de las vertientes que, tanto la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, como el Real Decreto 1132/2002, de 31 de octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, han regulado, incorporando nuevas formas de aplicación de coeficientes reductores. Se examina como novedad la posibilidad de la jubilación anticipada de los trabajadores minusválidos. Asimismo, se realiza un comentario doctrinal acerca del significado de la jubilación anticipada, las demás vías para alcanzarla (actividades peligrosas, jubilación especial a los 64 años, empresas sujetas a planes de reconversión o en crisis), relación entre el complemento por mínimos y la jubilación anticipada, finalizando con unas reflexiones acerca de las novedades incorporadas sobre esta relevante cuestión.