Flexibilidad en la interpretación del requisito de correspondencia entre el contenido de la papeleta de conciliación y el de la demanda
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 49/2025, de 23 de enero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2025.24671Palabras clave:
papeleta de conciliación, demanda, correspondencia, indefensión, despido, improcedencia, nulidadResumen
Es posible solicitar en el escrito de la demanda la nulidad del despido por represalia aunque en la papeleta de conciliación se hubiera pedido únicamente la improcedencia, entendiendo cumplido el requisito de correspondencia entre el contenido fáctico de la papeleta de conciliación y el de la demanda si la persona trabajadora ha formulado dicha papeleta sin asistencia letrada, ha utilizado un modelo normalizado que solo recogía la opción de improcedencia y además el acto conciliatorio se ha celebrado sin efecto por incomparecencia de la empresa.
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Derechos de autor 2025 Susana Rodríguez Escanciano

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