Socios trabajadores y administradores de sociedades mercantiles capitalistas: de nuevo el problema de su encuadramiento en la Seguridad Social
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.1999.17869Abstract
Este comentario aborda el tema del encuadramiento en la Seguridad Social de los socios trabajadores y de los administradores de las sociedades mercantiles capitalistas. Problemático tema que se creía ya zanjado de forma definitiva por la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, al fijarse, por fin, el Régimen de Seguridad Social aplicable mediante una norma con rango de ley, disponiendo los administradores, altos directivos y socios trabajadores de todo el año 1998 para regularizar su situación.
Pero el período de vigencia de tal disposición adicional ha sido realmente breve, sólo de un año. Y así resulta que la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 34 modifica de forma sustancial, a partir del 1 de enero de 1999, la regulación del encuadramiento en la Seguridad Social de tales socios trabajadores y administradores de las sociedades de capital, así como de los socios trabajadores de las sociedades laborales, cambiando, de nuevo, los criterios fijados por la Ley 66/1997, y dando a los interesados el reducido plazo de tres meses (hasta el 31 de marzo de 1999) para regularizar su situación ante la Administración de la Seguridad Social.
A través de estas páginas se comenta la nueva regulación y se ofrece al lector la correcta determinación del Régimen de Seguridad Social aplicable a estos colectivos, analizándose de forma pormenorizada los distintos supuestos que pueden presentarse con un enfoque práctico apoyado en cuadros-resúmenes para facilitar su comprensión.