Los socios trabajadores y los miembros de los órganos de administración de las sociedades mercantiles capitalistas: régimen de Seguridad Social aplicable
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.1998.17987Abstract
Este comentario aborda el problemático tema de los socios trabajadores y los administradores de las sociedades mercantiles capitalistas (anónimas y de responsabilidad limitada) y la Seguridad Social, que, por fin ha zanjado la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su disposición adicional cuadragésima tercera.
De una parte se exponen las diferentes interpretaciones que en vía administrativa y judicial se han venido manteniendo sobre el Régimen de Seguridad Social aplicable a estos colectivos, y la situación de gran inseguridad jurídica que han originado. Y de otra se analiza la nueva regulación introducida por la Ley 66/1997 por la que los socios trabajadores y los administradores sociales se encuadran en el Régimen General o en el Especial de Autónomos en función de tres parámetros:
1. Si poseen un control efectivo de la sociedad.
2. Si realizan funciones ejecutivas de dirección o gerencia, y
3. Si sus funciones se limitan a la consulta, deliberación y asesoramiento de la sociedad.
Asimismo se analiza la situación especial en que se encuentra el personal de alta dirección.
A través de estas páginas se ofrece al lector la correcta determinación del Régimen de Seguridad Social aplicable a estos colectivos, analizándose de forma pormenorizada los distintos supuestos que pueden presentarse con un enfoque práctico apoyado en cuadros resumen para facilitar su comprensión.