Incidencia de la Ley Antitabaco en las empresas
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2006.6015Abstract
El BOE de 27 de diciembre de 2005 publica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, socialmente conocida como la Ley Antitabaco.
En España fuma un 31 por 100 de la población. Pero en el ámbito laboral ese porcentaje se eleva más que en el resto de la sociedad ya que el 47 por 100 de los trabajadores fuman, lo que supone que ocho millones de trabajadores son fumadores.
Una cuestión importante interesa señalar con carácter previo: NO SE TRATA DE UNA LEY LABORAL, sino de una Ley sanitaria y de salud pública. Ello tiene dos consecuencias relevantes:
1. De entrada, que la Inspección de Trabajo no tiene competencia para velar por su correcta aplicación, sino que los encargados de tal misión van a ser los organismos de las Comunidades Autónomas con competencias en salud pública.
2. Que los posibles incumplimientos de la prohibición de fumar por parte de los trabajadores o empleados que tengan lugar en los centros de trabajo, no es el empresario quien puede sancionarlos, al no constituir una falta laboral prevista en una Ley de carácter laboral o en un convenio colectivo.
La Ley, en orden a la prohibición de fumar, hace una doble distinción: 1) Lugares en los que está totalmente prohibido fumar; y 2) Aquellos otros en los que se prohíbe fumar pero se permite la habilitación de zonas para el consumo de tabaco, siempre que se cumplan determinados requisitos, tales como: a) una señalización adecuada; b) la separación física del resto de las dependencias; y c) la dotación de sistemas de ventilación independiente.
A través de estas páginas se analiza y comenta el contenido de la Ley, en orden al consumo del tabaco, teniendo en cuenta la doble vertiente en que nos afecta. De un lado, en cuanto empleados o trabajadores de una empresa en la que prestamos servicios y, de otro, como ciudadanos o población en general supuesto en que nos afecta la Ley por nuestra potencial condición de clientes, usuarios, visitantes y público en general, de determinados espacios, lugares o establecimientos. En definitiva se trata de conocer cuáles son los derechos de los no fumadores así como los derechos y obligaciones de los que son fumadores.