Accidente de trabajo y teletrabajo: casuística y dificultades prácticas

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 988/2022, de 25 de febrero

Autores/as

  • Pilar Conde Colmenero Doctora en Derecho (acreditada a titular de universidad. Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social). ESIC Business & Marketing School (Valencia, España). Universitat Jaume I (Castelló, España) https://orcid.org/0000-0003-2199-1969

DOI:

https://doi.org/10.51302/rtss.2023.10275

Palabras clave:

accidente de trabajo, teletrabajo, presunción de laboralidad, relación de causalidad, tiempo y lugar de trabajo, iuris tantum, casuística

Resumen

La normativa actual no establece disposiciones específicas sobre la aplicación de la tradicional figura del accidente de trabajo (art. 156 Ley general de la Seguridad Social) a la prestación de servicios en régimen de teletrabajo (ni la Ley 10/2021, de trabajo a distancia, ni el RDL 29/2020, lo hacen), por lo que los juzgados y tribunales (como es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia) se están ocupando de resolver la casuística existente, marcando criterios interpretativos que, en caso de divergencia, tendrá que casar el Tribunal Supremo.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

04-01-2023

Cómo citar

Conde Colmenero, P. (2023). Accidente de trabajo y teletrabajo: casuística y dificultades prácticas: Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 988/2022, de 25 de febrero. Revista De Trabajo Y Seguridad Social. CEF, (472), 175–184. https://doi.org/10.51302/rtss.2023.10275

Número

Sección

Diálogos con la jurisprudencia

Artículos más leídos del mismo autor/a