El cambio de signo en la delimitación del esquirolaje interno como necesaria garantía del derecho de huelga
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 13/2020, de 13 de enero
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2020.1032Abstract
Pese a la evolución de las relaciones laborales, la huelga continúa siendo el principal instrumento de defensa de los derechos de las personas trabajadoras. Esta importancia se evidencia, desde una perspectiva práctica, en el relevante papel que sigue desempeñando actualmente, impulsada por el ya conocido ámbito expansivo de su objeto, que la hace trascender de los márgenes de la reclamación netamente laboral, circunscrita al binomio empresa-persona trabajadora, para convertirla, más ampliamente, en un mecanismo de reivindicación social. Ejemplos de ello son la reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 31/2020, de 15 de enero, relativa a la huelga en Cataluña de 8 de noviembre de 2017, y la casi coetánea de 13 de enero de 2020, que constituye el objeto de este comentario.