Derecho de los trabajadores a transmitir información «sindical» a través de los medios de comunicación electrónicos de la empresa. Alcance y límites de las libertades de expresión e información
Comentario a la STSJ de Cataluña, Sala de lo Social, de 1 de febrero de 2006, rec. núm. 7052/2005
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2006.5831Abstract
La sentencia del Juzgado de lo Social de Gerona n.º 2 declaró como probados los siguientes hechos:
1. Como consecuencia de un proceso de convergencia empresarial entre los grupos empresariales Champion y Carrefour, que implicaba modificaciones en las condiciones de trabajo, en el mes de diciembre de 2004 se generó un ambiente de crispación en uno de los supermercados de Champion. La situación se tornó especialmente complicada en el centro de trabajo de Ripoll el día 14 de diciembre, viernes, cuando la empresa comunicó a diversos trabajadores del centro que a partir del lunes siguiente tenían que incorporarse al centro de trabajo de Olot.
2. La situación desembocó en la confección de un comunicado mandado con la firma «Plantilla Champion» explicando la situación, comunicado con el que estaban de acuerdo diversos trabajadores de la empresa y que una de las trabajadoras, que posteriormente fue despedida, envió a los otros centros de la empresa mediante el correo electrónico corporativo de ésta.