El permiso por lactancia: dificultades para el disfrute paterno
Comentario a la STSJ Canarias/Las Palmas, de 22 de septiembre de 2003
DOI:
https://doi.org/10.51302/rtss.2004.8797Resumen
La posibilidad de disfrute por el padre y no por la madre es tal vez la cuestión que más polémica y discusión ha levantado en torno al artículo 37.4 ET, no en vano el titular del derecho a la reducción de la jornada por lactancia de un hijo menor de nueve meses es la trabajadora, quien puede transferir o ceder el derecho al padre cuando también sea trabajador. El derecho de la madre prima, pues, sobre el del padre, que sólo podrá ejercerlo de manera secundaria, razón por la cual sería deseable aprovechar el contexto de una futura reforma para corregir esta disfunción.